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Visa de estudiante F-1: cómo funciona, formularios y pasos

La visa F-1 es la principal visa de EE. UU. para estudiantes internacionales inscritos a tiempo completo en un programa académico, como una universidad, un college, una escuela secundaria (high school) o un programa de inglés. Primero necesitas que te admita una escuela certificada por SEVP, que emite el Formulario I-20; luego pagas la tarifa SEVIS I-901, completas el DS-160 y, por lo general, asistes a una entrevista en una embajada o consulado de EE. UU.

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Para quién es

  • Estudiantes admitidos en un programa académico o de idiomas a tiempo completo en una escuela certificada por el Student and Exchange Visitor Program (SEVP, Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio).
  • Personas que pueden demostrar que tienen suficiente dinero para pagar la matrícula y los gastos de vida durante sus estudios.
  • Solicitantes que, por lo general, tienen la intención de regresar a su país después de sus estudios y mantienen vínculos en el extranjero.
  • Estudiantes con suficiente nivel de inglés para su programa, o que están inscritos en cursos de inglés.
  • Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de un estudiante F-1, que pueden solicitar el estatus F-2 pero, por lo general, no pueden trabajar.

Formularios

FormularioNombre oficialPara qué sirve
I-20Certificate of Eligibility for Nonimmigrant Student StatusLo emite el funcionario escolar designado (DSO) de la escuela después de la admisión y se usa para la visa, la entrada y para mantener el estatus.
I-901SEVIS I-901 Fee paymentEl estudiante lo paga en línea al Departamento de Seguridad Nacional (DHS), por lo general antes de la entrevista de visa.
DS-160Online Nonimmigrant Visa ApplicationSe completa en línea antes de programar la entrevista consular.
I-765Application for Employment AuthorizationSe usa para solicitar el Optional Practical Training (OPT) o la extensión STEM OPT después de una recomendación del DSO.
I-539Application to Extend/Change Nonimmigrant StatusLo usan algunas personas que ya están en EE. UU. con otro estatus para cambiar a F-1 sin salir del país.

Paso a paso

  1. Consigue la admisión en una escuela certificada por SEVPPostúlate a una escuela certificada para inscribir estudiantes internacionales. Después de la admisión y de comprobar tus fondos, la escuela te registra en SEVIS y emite el Formulario I-20.
  2. Paga la tarifa SEVIS I-901Paga la tarifa en línea con el SEVIS ID que aparece en tu I-20 y guarda el recibo de pago para tu entrevista.
  3. Completa el DS-160 y agenda una entrevistaLlena el DS-160 en línea, paga la tarifa de solicitud de visa y programa una entrevista, por lo general en la embajada o consulado de EE. UU. del país de tu nacionalidad o residencia.
  4. Asiste a la entrevista de visaLleva tu pasaporte, el I-20 firmado, tus documentos financieros y tus antecedentes académicos. El funcionario revisa tus planes de estudio, cómo los vas a financiar y tus vínculos con tu país.
  5. Entra a EE. UU. a tiempoLos estudiantes nuevos, por lo general, pueden entrar como máximo 30 días antes de la fecha de inicio del programa que aparece en el I-20. Revisa tu registro electrónico I-94 después de llegar.
  6. Mantén tu estatusPreséntate en tu escuela, inscríbete a tiempo completo, mantén vigentes tu I-20 y tu pasaporte, e infórmale a tu DSO de cambios como una nueva dirección o un nuevo programa.

Documentos que suelen pedir

  • Pasaporte vigente
  • Formulario I-20 firmado por ti y por el DSO de tu escuela
  • Recibo de pago de la tarifa SEVIS I-901
  • Página de confirmación del DS-160 y recibo de la tarifa de visa
  • Estados de cuenta bancarios, cartas de beca o cartas de patrocinadores que demuestren tu financiamiento
  • Carta de admisión de la escuela
  • Certificados de notas, diplomas y resultados de exámenes en los que se basó la escuela
  • Pruebas de tus vínculos con tu país, como familia, propiedades o perspectivas de empleo
  • Foto tipo pasaporte que cumpla las reglas del Departamento de Estado

Cuánto tarda

Los tiempos dependen de las fechas de admisión de la escuela, de qué tan pronto recibas el I-20, de los tiempos de espera para entrevistas en tu embajada o consulado y de cualquier revisión de seguridad adicional. Si cambias a F-1 desde dentro de EE. UU., aplican los tiempos de procesamiento de USCIS; consulta egov.uscis.gov/processing-times/.

Tarifas del gobierno

La tarifa SEVIS I-901 se paga al DHS, la tarifa de solicitud de visa al Departamento de Estado, y formularios como el I-765 para OPT o el I-539 tienen tarifas de presentación de USCIS. Las tarifas cambian, así que revisa uscis.gov/g-1055 y las páginas oficiales de tarifas del Departamento de Estado y de SEVIS antes de pagar.

Trabajar y viajar mientras esperas

Los estudiantes F-1 normalmente pueden trabajar en el campus a tiempo parcial durante el periodo de clases, mientras que el trabajo fuera del campus, por lo general, requiere autorización de CPT u OPT. Antes de viajar al extranjero, los estudiantes normalmente necesitan una firma de viaje reciente del DSO en el I-20 y una visa vigente para regresar.

Errores comunes que debes evitar

  • Bajar de una carga académica completa sin la aprobación del DSO, lo que puede terminar tu estatus F-1.
  • Trabajar fuera del campus sin autorización de CPT u OPT.
  • Entrar a EE. UU. con visa de turista o ESTA y empezar clases, algo que por lo general no está permitido.
  • Olvidar informar al DSO un cambio de dirección o de programa.
  • Quedarte después del periodo de gracia al terminar el programa o el OPT.

Cómo te ayuda MyUSVisa

  1. Responde un cuestionario guiado en tu idioma y sube tus documentos una sola vez — los leemos, los clasificamos y armamos un expediente claro con su cronología.
  2. Tu caso organizado se ofrece a abogados de inmigración con licencia en EE. UU. que llevan este tipo de caso. Los interesados te envían ofertas, y tú comparas y eliges — o no.
  3. Cuando eliges, tú y tu abogado trabajan en un solo lugar: mensajes, documentos, plazos y actualizaciones automáticas del estatus de USCIS, en la web y en la aplicación.
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Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar en EE. UU. con visa F-1?
Sí, pero solo de forma limitada. Los estudiantes F-1 normalmente pueden trabajar en el campus a tiempo parcial durante el periodo de clases y más durante las vacaciones oficiales. El trabajo fuera del campus, por lo general, requiere Curricular Practical Training (CPT) aprobado por la escuela u Optional Practical Training (OPT) aprobado por USCIS.
¿Cuál es la diferencia entre CPT y OPT?
El CPT es trabajo que forma parte de tu programa de estudios y que tu escuela aprueba antes de que termines. El OPT es trabajo temporal relacionado con tu área, normalmente después de graduarte, y necesita un permiso de trabajo de USCIS. Los estudiantes con títulos STEM que califican pueden solicitar una extensión STEM OPT; usar un año o más de CPT a tiempo completo puede afectar tu elegibilidad para OPT.
¿Cuánto tiempo puedo quedarme después de terminar mis estudios con F-1?
Los estudiantes F-1, por lo general, tienen un periodo de gracia después de completar su programa u OPT para salir del país, transferirse, empezar un programa nuevo o cambiar de estatus. En 2026 el DHS publicó una regla que reemplazaría la “duración del estatus” abierta por periodos de admisión fijos y acortaría este periodo de gracia, pero un tribunal federal la bloqueó en septiembre de 2026; consulta Study in the States para conocer las reglas vigentes.
¿Puedo transferirme a otra escuela con visa F-1?
Sí, los estudiantes F-1 normalmente pueden transferirse a otra escuela certificada por SEVP. Tu DSO actual libera tu registro SEVIS, la nueva escuela emite un nuevo I-20 y debes presentarte en la nueva escuela dentro del plazo requerido.
¿Revisan mis redes sociales para la visa de estudiante?
Sí, el Departamento de Estado revisa la presencia en línea de los solicitantes de visas F, M y J. Desde 2025, se pide a los solicitantes que pongan sus perfiles de redes sociales en modo público para que puedan revisarse como parte de la decisión sobre la visa.
¿Puedo traer a mi esposo o esposa e hijos con visa F-1?
Normalmente sí. Tu cónyuge y tus hijos solteros menores de 21 años pueden solicitar visas F-2 con sus propios I-20 emitidos por tu escuela. Los cónyuges F-2 no pueden trabajar y, por lo general, sus estudios son limitados.

Fuentes oficiales

Última revisión: octubre de 2026
Esta guía es información general, no asesoría legal, y leerla no crea una relación abogado–cliente. Las reglas, formularios y tarifas de inmigración cambian con frecuencia — consulta siempre las fuentes oficiales de arriba. MyUSVisa no es un bufete de abogados ni está afiliado a USCIS ni a ninguna agencia del gobierno; la asesoría legal solo la da el abogado con licencia que elijas.