Para quién es
- Personas con una solicitud de green card (ajuste de estatus) pendiente en el Formulario I-485.
- Solicitantes de asilo cuyo caso ha estado pendiente durante el período de espera requerido, además de personas a quienes ya se les concedió asilo o el estatus de refugiado.
- Personas con Estatus de Protección Temporal (TPS) o con una solicitud de TPS pendiente.
- Beneficiarios de DACA, que piden la autorización de trabajo junto con su renovación de DACA.
- Ciertos cónyuges de titulares de visa, como algunos cónyuges H-4, L-2 y E, y ciertos estudiantes con práctica profesional.
- Otros grupos que aparecen en las instrucciones del Formulario I-765, cada uno con su propio código de categoría.
Formularios
| Formulario | Nombre oficial | Para qué sirve |
|---|---|---|
| I-765 | Application for Employment Authorization | La solicitud que se usa para pedir un permiso de trabajo inicial, una renovación o un reemplazo. |
| I-765WS | Form I-765 Worksheet | Una hoja de trabajo financiera que presentan con el I-765 ciertos solicitantes, como los beneficiarios de DACA. |
| I-485 | Application to Register Permanent Residence or Adjust Status | Quienes piden la green card muchas veces presentan el I-765 al mismo tiempo que el I-485. |
Paso a paso
- Identifica tu categoría de elegibilidadLas instrucciones del I-765 incluyen códigos de categoría, como (c)(9) para ajuste pendiente o (c)(8) para asilo pendiente. Usar el código correcto es importante.
- Reúne las pruebas para esa categoríaCada categoría requiere pruebas, como el aviso de recibo del I-485, el recibo de asilo, la aprobación de TPS o los documentos de estatus del titular de la visa.
- Presenta el Formulario I-765Envía el formulario en línea (en algunas categorías) o por correo, con fotos, pruebas y la tarifa que corresponda.
- Asiste a la biometría si te la programanUSCIS puede pedirte que des tus huellas y una foto, o reutilizar los datos biométricos de otra solicitud.
- Recibe la tarjeta EADSi se aprueba, USCIS te envía la tarjeta por correo. Revisa las fechas y la categoría de la tarjeta en cuanto llegue.
- Planea tu renovación con tiempoUSCIS por lo general acepta renovaciones hasta 180 días antes de que venza la tarjeta. Como las extensiones automáticas se eliminaron en gran parte en 2025, presentar con tiempo es más importante que antes.
Documentos que suelen pedir
- Copia de tu EAD anterior, frente y reverso (para renovaciones o reemplazos)
- Dos fotos tamaño pasaporte
- Identificación emitida por el gobierno, como pasaporte o acta de nacimiento con identificación con foto
- Registro de entrada y salida I-94, si lo tienes
- Aviso de recibo o de aprobación del caso principal (por ejemplo I-485, I-589, TPS o DACA)
- Prueba del estatus del cónyuge o del titular principal, para las categorías basadas en el cónyuge
- Formulario I-765WS, si tu categoría lo requiere
- Solicitud de exención de tarifa (Formulario I-912), si tu categoría califica
Cuánto tarda
Los tiempos dependen de tu categoría de elegibilidad, de si presentaste junto con otra solicitud, de la biometría y de la carga de trabajo de USCIS. Consulta los tiempos estimados actuales en la página de tiempos de procesamiento de USCIS.
Tarifas del gobierno
El Formulario I-765 tiene una tarifa en la mayoría de las categorías; algunas están exentas y otras ahora tienen tarifas adicionales fijadas por la ley de presupuesto de julio de 2025 (por ejemplo, ciertos permisos de trabajo por asilo, parole y TPS). Las tarifas cambian con frecuencia, así que confirma el monto actual para tu categoría en la tabla de tarifas de USCIS (uscis.gov/g-1055).
Trabajar y viajar mientras esperas
Por lo general no puedes empezar a trabajar en una nueva categoría hasta que se apruebe el EAD, a menos que tu estatus ya te permita trabajar. En las renovaciones presentadas a partir del 30 de octubre de 2025, la extensión automática que antes permitía a muchas personas seguir trabajando después de que venciera la tarjeta, por lo general, ya no aplica, con pocas excepciones (como ciertas extensiones relacionadas con TPS); revisa la página de extensión automática de USCIS.
Errores comunes que debes evitar
- Usar el código de categoría de elegibilidad equivocado, lo que puede llevar a un rechazo o una negación.
- Esperar demasiado para renovar y creer que puedes seguir trabajando después de que venza la tarjeta: las extensiones automáticas se eliminaron en gran parte a finales de 2025.
- Olvidar que un nuevo EAD puede tener una vigencia más corta que las tarjetas anteriores, después de que USCIS acortó la vigencia máxima de varias categorías en 2025.
- Pedir un permiso de trabajo por asilo pendiente antes de que haya pasado el período de espera requerido.
- No revisar si la tarjeta tiene errores cuando llega.
Cómo te ayuda MyUSVisa
- Responde un cuestionario guiado en tu idioma y sube tus documentos una sola vez — los leemos, los clasificamos y armamos un expediente claro con su cronología.
- Tu caso organizado se ofrece a abogados de inmigración con licencia en EE. UU. que llevan este tipo de caso. Los interesados te envían ofertas, y tú comparas y eliges — o no.
- Cuando eliges, tú y tu abogado trabajan en un solo lugar: mensajes, documentos, plazos y actualizaciones automáticas del estatus de USCIS, en la web y en la aplicación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar mientras está pendiente mi green card?
¿Los permisos de trabajo todavía tienen extensión automática?
¿Cuánto tiempo dura el permiso de trabajo?
¿Cuándo puede un solicitante de asilo sacar el permiso de trabajo?
¿Puedo viajar con el permiso de trabajo?
Fuentes oficiales
Última revisión: octubre de 2026
Esta guía es información general, no asesoría legal, y leerla no crea una relación abogado–cliente. Las reglas, formularios y tarifas de inmigración cambian con frecuencia — consulta siempre las fuentes oficiales de arriba. MyUSVisa no es un bufete de abogados ni está afiliado a USCIS ni a ninguna agencia del gobierno; la asesoría legal solo la da el abogado con licencia que elijas.