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SIJS: Estatus de Joven Inmigrante Especial, orden judicial e I-360

El Estatus de Joven Inmigrante Especial (SIJS, por sus siglas en inglés) es un camino humanitario a la green card para niños y jóvenes menores de 21 años en Estados Unidos que no pueden reunirse con uno o ambos padres por abuso, negligencia, abandono o una razón similar según la ley estatal. Empieza en un tribunal juvenil estatal, que debe hacer ciertas determinaciones, y luego el joven presenta el Formulario I-360 ante USCIS. Una vez aprobado el I-360, generalmente puede solicitar la green card con el Formulario I-485 cuando haya un número de visa disponible.

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Para quién es

  • Jóvenes menores de 21 años y solteros al momento de presentar el I-360
  • Que viven en Estados Unidos
  • Que tienen una orden de un tribunal juvenil estatal que determina que no pueden reunirse con uno o ambos padres por abuso, negligencia, abandono o una base similar según la ley estatal
  • Cuando el tribunal también determinó que regresar a su país de origen o al país de sus padres no es lo mejor para ellos
  • Que fueron declarados dependientes del tribunal o puestos bajo la custodia de una agencia estatal, o de una persona o entidad designada por el tribunal

Formularios

FormularioNombre oficialPara qué sirve
I-360Petition for Amerasian, Widow(er), or Special ImmigrantLa petición SIJ que el joven presenta ante USCIS, junto con la orden del tribunal estatal.
I-485Application to Register Permanent Residence or Adjust StatusSe usa para solicitar la green card una vez aprobado el I-360, o junto con él, cuando haya un número de visa disponible.
I-765Application for Employment AuthorizationSe usa para pedir un permiso de trabajo cuando la persona tiene un I-485 pendiente o recibió acción diferida.
I-912Request for Fee WaiverSe puede usar para pedirle a USCIS que exima las tarifas de ciertos formularios relacionados a quienes no pueden pagar.

Paso a paso

  1. Acude a un tribunal juvenil estatalUn tribunal estatal que vea casos de custodia, dependencia, tutela o asuntos similares debe hacer las determinaciones requeridas sobre los padres, el mejor interés del joven y la custodia o dependencia.
  2. Obtén la orden judicial con las determinacionesPor lo general, la orden debe indicar claramente las determinaciones y mostrar que se basan en la ley estatal, con los hechos que las sustentan.
  3. Presenta el Formulario I-360 antes de los 21El joven presenta el I-360 ante USCIS con la orden judicial y las pruebas de apoyo. USCIS revisa si la orden cumple con los requisitos federales.
  4. Espera un número de visaSIJ forma parte del grupo EB-4, que tiene límites anuales. Normalmente la persona debe esperar a que su fecha de prioridad esté vigente en el Visa Bulletin (boletín de visas) antes de presentar el I-485.
  5. Presenta el Formulario I-485Cuando haya una visa disponible, la persona solicita la green card, con biométricos, un examen médico y posiblemente una entrevista.
  6. Recibe la decisiónSi se aprueba, la persona se convierte en residente permanente legal y más adelante puede explorar la ciudadanía cuando sea elegible.

Documentos que suelen pedir

  • Orden del tribunal juvenil estatal con las determinaciones requeridas
  • Registros judiciales de apoyo, como la petición o las pruebas en las que se basó el tribunal
  • Acta de nacimiento que muestre la edad y los nombres de los padres
  • Pasaporte u otro documento de identidad
  • Prueba de entrada y registros migratorios, si los hay
  • Prueba de ser menor de 21 años y soltero al presentar la petición
  • Registro del examen médico (Formulario I-693) para el paso de la green card
  • Traducciones certificadas al inglés de los documentos en otros idiomas

Cuánto tarda

Los tiempos dependen de qué tan rápido avance el caso en el tribunal estatal, de cuánto tarde USCIS en decidir el I-360 y, muchas veces lo más importante, de si hay un número de visa EB-4 disponible. Consulta egov.uscis.gov/processing-times/ y el Visa Bulletin para ver la información actual.

Tarifas del gobierno

El Formulario I-360 para SIJ generalmente ha estado exento de tarifa, mientras que el I-485 y los formularios relacionados pueden tener tarifas que a veces se pueden eximir. Las tarifas las fija USCIS y cambian, así que revisa la tabla de tarifas en uscis.gov/g-1055.

Trabajar y viajar mientras esperas

Un joven con un I-485 pendiente o con acción diferida generalmente puede pedir un permiso de trabajo. Viajar al extranjero antes de que se apruebe la green card puede causar problemas serios, así que es importante recibir asesoría legal antes de cualquier viaje.

Errores comunes que debes evitar

  • Esperar demasiado, de modo que el joven cumple 21 años antes de presentar el I-360
  • Una orden judicial que no incluye las determinaciones requeridas o no muestra su base en la ley estatal
  • Casarse antes de que se apruebe la green card, lo que generalmente pone fin a la elegibilidad para SIJ
  • Suponer que la aprobación de SIJ significa la green card de inmediato, sin revisar la disponibilidad de visas
  • Faltar a las citas en la corte de inmigración mientras el caso SIJ está pendiente, si el joven está en proceso de deportación

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la edad límite para SIJS?
Por lo general, el joven debe ser menor de 21 años cuando se presenta el Formulario I-360. Los tribunales estatales pueden tener sus propios límites de edad para el caso juvenil, que pueden ser más bajos, así que el momento importa. Un abogado puede confirmar cómo se aplican las reglas de edad en un estado en particular.
¿El menor tiene que haber sufrido abuso de ambos padres?
No, la determinación del tribunal puede referirse a uno o a ambos padres. El tribunal debe determinar que la reunificación con al menos uno de los padres no es viable por abuso, negligencia, abandono o una base similar según la ley estatal.
¿Puedo obtener acción diferida con el estatus SIJ?
Es posible. USCIS tenía una política de considerar la acción diferida para personas con peticiones SIJ aprobadas que esperaban una visa, la eliminó en 2025, y luego un tribunal federal bloqueó parcialmente ese cambio. Como este tema sigue en litigio, revisa la página actual de USCIS sobre SIJ.
¿Puedo pedir a mis padres más adelante?
No. Una persona que obtiene la green card por SIJ nunca puede usar ese estatus para dar beneficios migratorios a sus padres biológicos o adoptivos anteriores. Más adelante puede que pueda patrocinar a otros familiares, como un cónyuge.
¿Puedo solicitar SIJS si estoy en la corte de inmigración?
Sí, las personas en proceso de deportación generalmente pueden solicitar SIJ. El caso en la corte de inmigración continúa en paralelo, así que es importante seguir asistiendo a las audiencias e informar a la corte sobre el caso SIJ.

Fuentes oficiales

Última revisión: octubre de 2026
Estas guías han sido revisadas por el asesor legal de MyUSVisa. Se ofrecen tal cual: las leyes y normas de inmigración cambian con frecuencia y, como cualquier comunicación escrita, esta información puede contener errores o erratas. MyUSVisa no es un bufete de abogados, no ofrece asesoría legal y no está afiliado a USCIS ni a ninguna agencia del gobierno; leer una guía no crea una relación abogado–cliente. Solo es válida la información del sitio oficial de USCIS (uscis.gov): verifíquela siempre allí, sobre todo si tiene dudas.